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SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 17/2018 QUE OBLIGA AL BANCO A ABONAR EL IMPUESTO SOBRE LAS HIPOTECAS.

Marián Lora Márquez. Consultora Compliance.


Como tuvimos ocasión de comentar la semana pasada, el Tribunal Supremo rectifica y establece que sea el cliente, y no el banco, quien deba abonar el impuesto sobre las hipotecas.

Ante este hecho, el Gobierno considera la urgente necesidad de modificar la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para cortar de raíz con la polémica decisión del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y, por ende,  dotar al mercado de seguridad jurídica y garantizar los derechos de los ciudadanos como consumidores a la hora de contratar un préstamo hipotecario.

Por todo ello, el pasado viernes, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados.

Este Real Decreto Ley introduce dos modificaciones normativas:

–        Por una parte, modifica el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en el que hace referencia al sujeto pasivo de dicho impuesto, estableciendo que sea el prestamista, es decir, el banco, quien deba hacer frente al mismo.

–        Por otra parte, añade un nuevo apartado en el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados no sea un gasto deducible por el banco en el Impuesto sobre Sociedades.

Esta modificación solo afectará a las hipotecas que se firmen con posterioridad a su entrada en vigor, es decir, todas aquellas firmadas a partir del pasado lunes 12 de noviembre. Por tanto, los clientes que hayan suscrito un préstamo hipotecario con anterioridad a dicha fecha no podrán beneficiarse de las modificaciones realizadas y, en consecuencia, no podrán reclamar la devolución del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, a no ser que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea acabe rectificando al Tribunal Supremo, como ya ocurrió con las cláusulas suelo.

 

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