EL TRIBUNAL SUPREMO RECTIFICA Y ESTABLECE QUE SEA EL CLIENTE Y NO EL BANCO QUIEN DEBA ABONAR EL IMPUESTO SOBRE HIPOTECAS.

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EL TRIBUNAL SUPREMO RECTIFICA Y ESTABLECE QUE SEA EL CLIENTE Y NO EL BANCO QUIEN DEBA ABONAR EL IMPUESTO SOBRE HIPOTECAS.

Gerardo Parejo Fernández. Abogado Asociado.


Ya es oficial, el Pleno del Tribunal Supremo, contra todo pronóstico, acordó el día de ayer por 15 votos a favor y 13 en contra, que el sujeto pasivo del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) aplicable a la formalización de préstamos hipotecarios, sea el cliente y no el Banco.

Esta decisión se alcanza después de un acalorado debate que se ha prolongado durante dos días, en el que los 28 magistrados valoraron revisar la Sentencia de 16 de octubre dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo que acordaba que fueran los bancos quienes debían abonar el impuesto. 

El Pleno fue convocado por el presidente de la Sala de Tercera, Luis Díez-Picazo, apenas 24 horas después de que la Sección Segunda fallara con aquella Sentencia a favor del prestatario y considerando que debía ser la entidad bancaria el sujeto pasivo del impuesto. El fallo acordaba anular el artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que establecía que el sujeto pasivo de este Impuesto era el cliente y no el banco.

Díez-Picazo motivó la convocatoria alegando que la Sentencia suponía un  “giro radical” en el criterio jurisprudencial que se venía sosteniendo hasta el momento, y que provocaba una “enorme repercusión económica y social”. Esta convocatoria era una decisión inédita, ya que suponía revisar la doctrina fijada en una Sentencia firme, cuando lo usual hubiera sido hacerlo previamente a la emisión del fallo.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo recupera su doctrina anterior, si bien esta cuestión aún puede tener recorrido, ya que diversas asociaciones de consumidores ya han anunciado que intentarán llevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en su día ya rectificó al Tribunal Supremo en el sonoro caso de la retroactividad de las cláusulas suelo.

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