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Si me divorcio, ¿puedo conservar mi tarjeta de residencia de familiar comunitario?

Marián Lora Márquez. Consultora.


Para conservar la tarjeta de residencia de familiar comunitario, el ciudadano extranjero deberá acreditar uno de los supuestos siguientes puesto que, de lo contrario, podría quedarse de manera indocumentada en España. Estos supuestos son:

  • Que el matrimonio o situación de pareja registrada haya durado al menos tres años, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad del matrimonio, divorcio o de la cancelación de la inscripción como pareja registrada, de los cuales deberá acreditarse que al menos un año ha transcurrido en España.
  • Tener otorgada, por mutuo acuerdo o decisión judicial, la custodia de los hijos del ciudadano comunitario.
  • Que existan circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima de violencia de género durante el matrimonio o la situación de pareja registrada o haber sido sometida a trata de seres humanos por su cónyuge durante el matrimonio o la situación de pareja registrada.
  • Acreditar la vigencia de resolución judicial o mutuo acuerdo entre las partes que determine el derecho de visita del familiar, a los hijos menores, que residen en España.

Si el ciudadano extranjero cumple con alguno de los supuestos anteriores, es fundamental realizar en la Oficina de Extranjería la comunicación del divorcio o cancelación de la inscripción de la pareja de hecho dentro de los TRES MESES siguientes desde la notificación de la sentencia de divorcio o desde la referida cancelación, con independencia de la fecha de caducidad de su tarjeta. Al realizar dicha comunicación, el ciudadano extranjero seguirá manteniendo su tarjeta hasta la fecha de caducidad de la misma, momento en el cual se le concederá la nueva tarjeta de residencia en régimen comunitario en la que no constará el nombre del familiar que le otorgó el derecho de residencia. Si no realiza la comunicación antes de dicho plazo, ya solo podrá solicitar la residencia por arraigo.

Si, por el contrario, el ciudadano extranjero no se encuentra en ninguno de los supuestos para conservar su tarjeta de residencia comunitaria, dentro de los tres meses desde que se produce el hecho, podría solicitar el cambio del régimen comunitario al régimen general, necesitando para ello un contrato de trabajo o un plan de negocio e inversión suficiente. 

Por todo ello es importante atender a los distintos supuestos y tener muy presente el plazo con el que contamos para realizar los trámites para así asegurarnos continuar en España de manera documentada una vez divorciado o extinguida la pareja de hecho.

Photo by Ali Yaqub on Unsplash

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