Miguel Pastor Ruiz de Cenzano. Economista.
Los precios de transferencia son los precios fijados entre personas o entidades vinculadas, con criterios fiscales, para transferir la carga impositiva del resultado a la entidad que pueda soportar una menor tributación.
Esta actuación puede desarrollarse tanto a nivel interno-nacional como internacional. En el nivel interno, dada la unidad del tipo impositivo, las transferencias de resultados se realizarán hacia la entidad que reúna las condiciones para soportar una menor carga fiscal (piénsese, por ejemplo, en una entidad del grupo con bases imponibles pendientes de compensación). El concepto se extiende no solo a las transacciones de bienes sino, entre otros conceptos, a la cesión de intangibles (marcas) y a rentas financieras por empréstitos entre asociadas…
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