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Novedades en la nueva Ley de Bienestar Animal

Mari Carmen Quintero, Abogada Colaboradora

El 29 de septiembre entró ya en vigor la Ley de Bienestar animal en la que se imponen una serie de medidas a tomar por los dueños de las mascotas y cambios con respecto a la comercialización de animales domésticos.

Con esta ley queda totalmente prohibido vender y exhibir en tiendas a gatos, perros y hurones. Las tiendas de animales disponen de un plazo de 1 año, hasta el 29 de septiembre de 2024, para adaptarse a la nueva legislación y dejar de vender animales. Solamente podrán comercializar con esta clase de animales aquellas personas que consten inscritas en el Registro Oficial de Criadores de Animales de Compañía.

Por otro lado, con respecto al seguro, todos los propietarios de perros han de tener un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. En caso de que un perro muerda a alguna persona, su dueño puede ser denunciado y el seguro se haría cargo de la indemnización que le correspondería a la persona dañada.

¿Y qué sucede con el curso? Pues bien, con esta nueva ley es obligatorio contar con un curso formativo con el objeto de acreditar una correcta tenencia del animal y es obligatorio para los nuevos propietarios, además de ser gratuito.

En cuanto a las demás medidas impuestas, el Gobierno ha establecido que queda prohibido dejar solo al animal en casa durante más de 3 días, y, en caso de que el animal sea un perro, el plazo no puede superar las 24 horas. Además, los gatos que tengan 6 meses o más, han de estar esterilizados y en caso de los perros, los mismos también han de ser esterilizados, salvo los criadores profesionales.

Sin embargo, a falta de un reglamento específico, hay algunos de estos puntos, como es el del curso obligatorio, que aún no procede su aplicación. Tendremos que esperar a que el nuevo Gobierno que entre apruebe un reglamento en forma de decreto que desarrolle algunos puntos clave.

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