¿Es delito el impago de la pensión de alimentos?
17 julio, 2022
La extinción de la pensión de alimentos
13 octubre, 2022

¿Puede mi ex pareja publicar fotos o vídeos de nuestros hijos pequeños en sus redes sociales?

Noemí Hernández Merchán, abogada colaboradora.


Es bastante habitual que en los casos de ruptura conyugal en los que existen hijos comunes menores de edad, uno de los progenitores decida subir fotos o videos de los niños a sus redes sociales sin recabar el consentimiento del otro progenitor o incluso en contra de su opinión expresa.

Lo primero que se debe tener en cuenta es que La Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, considera que los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal, a la intimidad familiar y a la propia imagen, y la publicación de determinadas imágenes o videos en redes sociales se puede considerar una intromisión y una vulneración de estos derechos.

Para saber quién debe prestar el consentimiento en estos casos, es necesario distinguir dos supuestos; si el hijo común es mayor de catorce años será exclusivamente éste el que debe prestar el consentimiento en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.1 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos. 

Si el hijo común es menor de 14 años serán los padres que ejerzan la patria potestad (que salvo supuestos muy excepcionales y sin perjuicio del régimen de custodia que se acuerde es normalmente compartida por amos progenitores) los que deban decidir de mutuo acuerdo si se publican o no fotos o videos de éstos en las redes sociales. 

En el caso de que ambos progenitores estén de acuerdo, no se va a generar ningún problema y ambos podrán publicar fotos o videos de sus hijos en sus redes sociales en caso de decidir de manera conjunta hacerlo, o no publicarlas en caso de decidir conjuntamente no hacerlo. 

El conflicto se genera en el caso de no existir acuerdo entre los progenitores, ¿qué ocurre en estos casos?. En este caso es necesario acudir al Juez, iniciando un expediente de jurisdicción voluntaria, para que sea éste el que decida, en interés del menor, si procede o no la publicación. El juez después de escuchar a las partes,  y en su caso al menor, y valorar las circunstancias concretas de cada caso, como por ejemplo puede ser el hecho de tratarse de una publicación abierta o solo para un grupo de usuarios o si se trata de fotos individuales del hijo común o de éste en compañía de otros familiares, decidirá si se hace un uso adecuado y razonable de la imagen del menor o por el contrario se le está perjudicando, decidiendo consecuencia la pertinencia de la publicación.

¿Y si la fotografía o el video ya se ha publicado? 

En este supuesto el progenitor que no esté conforme con la publicación de las imágenes o videos debe expresar su disconformidad y solicitar al otro progenitor la retirada de las imágenes y en caso de no conseguirlo acudir inmediatamente al Juez, mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria ya mencionado, para solicitar su retirada inmediata. 

Hay que indicar que si las imágenes o videos publicados atentan contra los derechos de los que el menor es titular, humillándole o denigrándole, se pueden iniciar actuaciones penales que pueden acabar con una condena para el progenitor que lo haya publicado. 

Igualmente el progenitor que no esté de acuerdo con la publicación puede denunciar la publicación no autorizada solicitando que se borren en la propia red social, si existe esa opción.

Este artículo es informativo y no constituye un asesoramiento personalizado para usted.

Si usted desea resolver una consulta relacionada con esta temática o cualquier otra, puede contactarnos a través de este formulario.

2 Comments

  1. Ramon Hidalgo dice:

    Hola quería pedir ayuda, me divorce de mi ex hace 8 años, y como teníamos dos niños pequeños y yo me quedé con la custodia, pues la casa la tengo yo. Conocí a una chica y teníamos una pequeña relación, pero yo tuve tan mala suerte que me detectaron un cáncer muy malo y con poca esperanza de vida, ella me cuido, en el hospital los 10 días no se movió de mi lado, y yo como compensación a eso, pues me case, para poderle dejar mi paga, que es bien alta. Las cosas se an torcido yo no me he muerto y llevamos tres años muy malos, yo me quiero divorcial, pero ella tiene dos hijos de su anterior matrimonio y dice que ella de la casa no se va. Y lo peor es que la cada es la mitad de mi ex. Ella cobra la manutención de sus dos hijos y no los entraba en casa, a mi madre la tenemos en casa y ella supuestamente la cuida y se queda con el dinero intregro de la paga de mi madre y la mete en otra cartilla, a nombre de su hija, que puedo hacer yo… No la soporto ya, tengo miedo, por que estoy enfermo y la verdad a mi si que ni me cuida, si la comida, consiguió que mi hijo de 18 se fuera a vivir a un cuartillo fuera de la casa y ahora está con mi pequeño también liado, quiere hecharlo también, y a sus hijos los tiene como Reyes. Porfavor necesito ayuda, como actuó. Gracias

  2. Melissa Lucar Ñahue dice:

    Buenas tardes, mi ex tiene una nueva pareja y ésta a subido un vídeo en sus redes de mi menor hijo de 5 años sin mi autorización, quisiera saber si existe alguna posibilidad de hacerle una demanda, gracias

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.