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Cambios en la notificación de Multas por la DGT

Miriam Sáez, abogada colaboradora.


¿Conoces las últimas novedades que ha introducido la DGT en la forma de notificar las multas?

Todos conocemos que cuando comentemos una infracción al volante, pronto recibiremos en nuestro domicilio una multa con la sanción que corresponda a dicha infracción.

Las formas en que podemos recibir esas notificaciones con la sanción son:

– Por correo postal.

– Por notificación electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

La Dirección electrónica Vial es un “buzón” de notificaciones de infracción con propuesta de sanción (multas) exclusivo para materia de tráfico, que ha sido habilitado para comunicar las infracciones cometidas por los conductores, ya sea el vehículo titularidad de una persona física o de una empresa / persona jurídica.

Los principales cambios que ha introducido la DGT para notificar las infracciones cometidas es que desde el pasado 01 de noviembre de 2022, todas las infracciones – multas- que deban notificarse a personas jurídicas (empresas)  por ser éstas las titulares de los vehículos, lo harán irremediable y exclusivamente, a través de la Dirección Electrónica Vial.  

El alta de las Personas Jurídicas en la Dirección Electrónica Vial (DEV) es obligatorio, permitiéndonos que se nos notifique por correo electrónico o por SMS cuando se reciba una nueva notificación.

De momento para las personas físicas este alta es voluntario.

Debemos recordar que SÓLO, se nos indicará por correo electrónico o por SMS la existencia de una nueva notificación y que NUNCA recibiremos las multas  por correo electrónico pues esto suele constituir una tipología de fraude

¿Qué pasa si no doy de alta mi empresa en la DEV?

Pues a la empresa se le asignará de oficio una DEV  y recibirá de forma electrónica las multas de tráfico, por lo que el riesgo de no enterarse es muy elevado con las consecuencias que ello conlleva (pérdida de la reducción en caso de pago adelantado, posibilidad de acabar en vía de apremio…).

Si no ha realizado el proceso de alta en la DEV, la DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes a su correo electrónico o teléfono móvil por no disponer de esos datos, pero igualmente la notificación quedará disponible en la DEV.

Debemos destacar que para dar de alta a una empresa en la DEV será necesario contar con el Certificado electrónico de la misma, aunque en la práctica la mayoría de empresas cuentan con ello.

Una vez dados de alta en la  DEV recibiremos a través de este medio todas las notificaciones de las infracciones y propuestas de sanción de la DGT y también de otros organismos en materia de tráfico como el Servicio Catalán de Tráfico, de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco y de aquellos otros  ayuntamientos que se vayan incorporando al sistema.

Si necesitan más información o ayuda con cualquiera de estos trámites y gestiones no duden en contactar con nosotros.

Este artículo es informativo y no constituye un asesoramiento personalizado para usted.

Si usted desea resolver una consulta relacionada con esta temática o cualquier otra, puede contactarnos a través de este formulario.

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